BUENOS AIRES, 11 de agosto de 2010
VISTO el Despacho de la COMISIÓN DE ASUNTOS TECNICOS (CAT) Nº 04/2010 de fecha 30 de junio y 1º de julio de 2010, en el punto referido a “Obras FCT Provincias” a financiar con recursos del FONDO SUBSIDIARIO PARA COMPENSACIONES REGIONALES DE TARIFAS A USUARIOS FINALES (FCT), el Despacho de la COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS (CAE) Nº 05/2010 de fecha 21 y 22 de julio de 2010, y la Reunión de COMITÉ EJECUTIVO (CE) Nº 324 iniciada el día 11 de agosto de 2010 en la sede del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (CFEE), y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución COMITÉ EJECUTIVO (CE) N° 843 de fecha 22 de noviembre de 2007 fue aprobado el “Reglamento de Aplicación del FONDO SUBSIDIARIO PARA COMPENSACIONES TARIFARIAS A USUARIOS FINALES (FCT) para la Ejecución de Obras y Adquisiciones”.
Que la Provincia de SAN LUIS solicitó la aprobación de la obra “Provisión de energía eléctrica a la zona norte de la provincia de SAN LUIS – 133 km de línea de media tensión y centros de transformación – 1ra. Etapa – Departamento AYACUCHO ”, codificada como FCT – SL – 09.
Que la obra y adquisición vista por la COMISION DE ASUNTOS TÉCNICOS (CAT) en su Despacho CAT N° 04/2010, analizada en el punto mencionado en el VISTO de la presente, ha sido debidamente justificada por la Provincia de SAN LUIS.
Que la COMISIÓN DE ASUNTOS TECNICOS (CAT) en su Despacho N° 04/2010 consideró que la documentación presentada por la Jurisdicción mencionada, cumplimentaba con los requisitos previstos en la Resolución CE N° 437/00 para la aprobación de lo solicitado.
Que la COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS (CAE) en su Despacho Nº 05/2010 de fecha 21 y 22 de julio de 2010 analizó el tema y solicitó al Comité Ejecutivo la aprobación de la Obra en cuestión.
Que el tema fue tratado y aprobado en la primera parte de la Reunión de COMITÉ EJECUTIVO (CE) Nº 324 iniciada el día 11 de agosto de 2010 en la sede del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (CFEE).
Que las facultades para el dictado de la presente Resolución surgen de lo dispuesto por el Artículo 26, inciso c) de la Ley N° 15.336, y Artículo 70 de la Ley N° 24.065.
Por ello,
EL COMITÉ EJECUTIVO DEL
CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la obra detallada en el ANEXO I que agregado, forma parte de la presente Resolución, para que la Provincia de SAN LUIS pueda realizarla con los recursos que le corresponde del FONDO SUBSIDIARIO PARA COMPENSACIONES TARIFARIAS A USUARIOS FINALES (FCT).
ARTICULO 2°.- Dese cuenta de la presente al CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (CFEE) en la primera Reunión Plenaria que se efectúe.
ARTICULO 3º.- La presente se comunicará a las Jurisdicciones Provinciales a través de los Consejeros Representantes ante el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (CFEE).
ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.
RESOLUCION C.E. N° 1019