BUENOS AIRES, 07 de julio de 2010
VISTO los Despachos de la COMISIÓN DE ASUNTOS TECNICOS (CAT) Nº 02/2010 de fecha 25 y 26 de marzo de 2010 y Nº 03/2010 de fecha 20 y 21 de mayo de 2010, en el punto referido a “Obras FCT Provincias” a financiar con recursos del FONDO SUBSIDIARIO PARA COMPENSACIONES REGIONALES DE TARIFAS A USUARIOS FINALES (FCT), el Despacho de la COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS (CAE) Nº 04/2010 de fecha 23 y 24 de junio de 2010, y la Reunión de COMITÉ EJECUTIVO (CE) Nº 323 celebrada el día 07 de julio de 2010 en la sede del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (CFEE), y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución COMITÉ EJECUTIVO (CE) N° 843 de fecha 22 de noviembre de 2007 fue aprobado el “Reglamento de Aplicación del FONDO SUBSIDIARIO PARA COMPENSACIONES TARIFARIAS A USUARIOS FINALES (FCT) para la Ejecución de Obras y Adquisiciones”.
Que la Provincia de BUENOS AIRES solicitó la aprobación de la obra “L.M.T. 13,2 Kv. Tapalque – San Bernardo y construcción de un puesto aéreo de transformación de 100 KVA. en San Bernardo”, codificada como FCT – BA – 3.
Que la Provincia de SAN LUIS solicitó la aprobación de la obra “LMT 13,2 Kv. y centros de transformación zona de San Miguel, El Dorado – Cortaderas - Dpto. Chacabuco – San Luis”, codificada como FCT – SL – 08.
Que la Provincia de SAN JUAN solicitó la aprobación de la obra “Estación transformadora CALINGASTA de 132/33/13,2 kV 30/30/10 MVA”, codificada como FCT – SJ – 2.
Que las obras y adquisiciones vistas por la COMISION DE ASUNTOS TÉCNICOS (CAT) en sus Despachos CAT N° 02/2010 y CAT Nº 03/2010, analizadas en el punto mencionado en el VISTO de la presente, han sido debidamente justificadas por la Provincia de BUENOS AIRES, SAN LUIS y SAN JUAN, respectivamente.
Que la COMISIÓN DE ASUNTOS TECNICOS (CAT) en sus Despachos N° 02/2010 y Nº 03/2010 consideró que la documentación presentada por cada una de las Jurisdicciones mencionadas, cumplimentaba con los requisitos previstos en la Resolución CE N° 437/00 para la aprobación de lo solicitado.
Que la COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS (CAE) en su Despacho Nº 04/2010 de fecha 23 y 24 de junio de 2010 analizó el tema y solicitó al Comité Ejecutivo la aprobación de la Obra en cuestión.
Que el tema fue tratado y aprobado en la Reunión de COMITÉ EJECUTIVO (CE) Nº 323 celebrada el día 07 de julio de 2010 en la sede del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (CFEE).
Que las facultades para el dictado de la presente Resolución surgen de lo dispuesto por el Artículo 26, inciso c) de la Ley N° 15.336, y Artículo 70 de la Ley N° 24.065.
Por ell
EL COMITÉ EJECUTIVO DEL
CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las obras detalladas en el ANEXO I que agregado, forma parte de la presente Resolución, para que las Provincias de BUENOS AIRES, SAN LUIS y SAN JUAN puedan realizarlas con los recursos que les corresponden del FONDO SUBSIDIARIO PARA COMPENSACIONES TARIFARIAS A USUARIOS FINALES (FCT).
ARTICULO 2°.- Dese cuenta de la presente al CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (CFEE) en la primera Reunión Plenaria que se efectúe.
ARTICULO 3º.- La presente se comunicará a las Jurisdicciones Provinciales a través de los Consejeros Representantes ante el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (CFEE).
ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.
RESOLUCION C.E. N° 1015
Arq. Ernesto F. Savoya Ing. Miguel Angel Cortez
Secretario General Presidente Comité Ejecutivo
Consejo Federal de la Energía Eléctrica Consejo Federal de la Energía Eléctrica