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Resolución N° 1232

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Reunión C.E. N° 361

BUENOS  AIRES, 23 de septiembre 2015

 

VISTO el Despacho de la COMISIÓN DE ASUNTOS TECNICOS (CAT) Nº 06/2015 de fecha 22 y 23 de julio de 2015, la Reunión de COMITÉ EJECUTIVO Nº 360 celebrada el día 12 de agosto de 2015 en la sede del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA eléctrica (CFEE), el Despacho de la COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS (CAE) Nº 08/2015 de fecha 15 y 16 de agosto de 2015, y la Reunión de COMITÉ EJECUTIVO (CE) Nº 361 celebrada el día 23 de septiembre de 2015 en la Ciudad de Ushuaia, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, y;

 

CONSIDERANDO:

Que por Resolución COMITÉ EJECUTIVO (CE) N° 843 de fecha 22 de noviembre de 2007 fue aprobado el  “Reglamento de Aplicación del FONDO SUBSIDIARIO PARA COMPENSACIONES TARIFARIAS A USUARIOS FINALES (FCT) para la Ejecución de Obras y Adquisiciones”.

Que la Provincia de BUENOS AIRES solicitó la aprobación de la obra “Línea de media tensión doble terna de33 kV, entre MERCEDES y NAVARRO, y vinculaciones”, codificada como FCT - BA - 04.

Que la obra y adquisición fue vista  y analizada por la COMISION DE ASUNTOS TÉCNICOS (CAT) en su Despacho CAT N° 06/2015.

Que el COMITÉ EJECUTIVO (CE), en su Reunión Nº 360 celebrada el día 12 de agosto de 2015 en la sede del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (CFEE) decidió autorizar por vía de excepción la presentación de las rendiciones correspondientes a la obra “Línea de media tensión doble terna de 33 kV, entre las ciudades de MERCEDES y NAVARRO, y vinculaciones”, las cuales serán aprobadas una vez que la Comisión de Asuntos Económicos (CAE) se expida favorablemente sobre dicha obra y se emita la resolución respectiva.

Que la COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS (CAE) en su Despacho Nº 08/2010 de fecha 15 y 16 de agosto de 2015 analizó el tema y solicitó al Comité Ejecutivo la aprobación de la Obra en cuestión.

Que el tema fue tratado y aprobado en la Reunión de COMITÉ EJECUTIVO (CE) Nº 361 celebrada el día 23 de septiembre de 2015 en la Ciudad de Ushuaia, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.

Que las facultades para el dictado de la presente Resolución surgen de lo dispuesto por el Artículo 26, inciso c) de la Ley N° 15.336, y Artículo 70 de la Ley N° 24.065.

 

Por ello,

EL COMITÉ EJECUTIVO DEL

CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar la obra detallada en el ANEXO I  que agregado, forma parte de la presente Resolución, para que la Provincia de BUENOS AIRES pueda realizarla con los recursos que le corresponde del FONDO SUBSIDIARIO PARA COMPENSACIONES TARIFARIAS A USUARIOS FINALES (FCT).

ARTICULO 2°.- Dese cuenta de la presente al CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (CFEE) en la primera Reunión Plenaria que se efectúe.

ARTICULO 3º.- La presente se comunicará a la Jurisdicción Provincial a través de los Consejeros Representantes ante el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (CFEE).

ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

 

RESOLUCION C.E. N° 1232

 

                Dr. Remo A. Bolognesi                                             Ing. Raul E. Arroyo
                 Secretario General                                           Presidente Comité Ejecutivo
       Consejo Federal de la Energía Eléctrica                          Consejo Federal de la Energía Eléctrica

 

 

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